Reconocimiento excepcional de aportes patronales

Mediante RND 102000000019, el Servicio de Impuestos Nacionales reglamentó el reconocimiento excepcional de aportes patronales como pago a cuenta del IVA, decretado mediante DS 4298 del 24 de julio 2020.

Los aportes reconocidos para pago a cuenta del IVA son:

  • Aporte al Seguro Social Obligatorio a corto plazo 10%
  • Aporte Pro Vivienda 2%
  • Aporte Prima de Riesgo Profesional Largo Plazo 1.71%

Este pago a cuenta del IVA, aplica hasta el 50% de los aportes mencionados, mismos que deben corresponder a aportes pagados efectivamente hasta la fecha de su vencimiento, en el mismo periodo fiscal del IVA a declarar.

Este beneficio es aplicable a partir del periodo de julio 2020 hasta diciembre 2021, además es importante mencionar que solo son válidos los aportes pagados de sueldos iguales o menores a 4 Salarios Mínimos Nacionales (8,488. – Bs.); quedan excluidos de este beneficio los aportes patronales de sueldos superiores a este importe.

Se puede aplicar este pago a cuenta solo hasta cubrir el importe del impuesto a pagar, no es acumulable, ni trasladable al mes siguiente.

Puede descargar la Resolución en el siguiente enlace:

https://www.impuestos.gob.bo/ckeditor/plugins/imageuploader/uploads/3648301fa0.pdf

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